El Día del Empleado de Comercio se celebra oficialmente el viernes 26 de septiembre, pero este año fue trasladado al lunes 29 de septiembre, de acuerdo con lo informado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC). La decisión, tomada en conjunto con los sindicatos y cámaras empresarias, busca facilitar la organización del sector y otorgar un descanso extendido.
Qué pasa con los comercios, shoppings y supermercados
La celebración está contemplada en la Ley 26.541, que reconoce esta fecha como un feriado nacional para todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Por este motivo, el lunes 29 de septiembre shoppings, cadenas de supermercados y mayoristas permanecerán cerrados en todo el país.
En el caso de los negocios de barrio o pequeños comercios, podrán abrir con normalidad siempre que sean atendidos por sus dueños o en caso de que los empleados acepten trabajar. En ese caso, la jornada debe abonarse al 100% adicional, es decir, el doble del salario correspondiente.
Derechos de los empleados de comercio
Durante esta jornada, los empleados no están obligados a trabajar. Si deciden no concurrir, el empleador no puede descontarles el día ni exigirles justificación.
En caso de asistir, la ley establece que la remuneración debe liquidarse con un recargo del 100%, como sucede en los feriados nacionales.
La CAC aclaró además que cada empleador deberá coordinar con sus trabajadores la modalidad de la jornada, siempre dentro de lo establecido en la normativa vigente.
