El Gobierno habilitó free shops en pasos fronterizos terrestres: qué podrán vender y cuáles serán las restricciones

La medida fue oficializada mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial. Apunta a fomentar el comercio, el turismo y la actividad económica en las ciudades ubicadas en zonas limítrofes.

El Gobierno nacional reglamentó la instalación de tiendas libres de impuestos, conocidas como free shops, en pasos fronterizos terrestres de todo el país. La iniciativa fue oficializada a través del Decreto 438/2026 y busca impulsar el comercio regional, fortalecer el turismo y mejorar la competitividad de las ciudades ubicadas en zonas de frontera.

La normativa incorpora al marco legal argentino una resolución aprobada por el Mercosur que establece las condiciones para el funcionamiento de estos establecimientos en los países miembros del bloque.

Cómo funcionarán los nuevos free shops

Los comercios podrán vender mercaderías nacionales e importadas libres de impuestos a personas que ingresen o egresen del país por vía terrestre.

Las compras deberán destinarse exclusivamente al uso personal de los viajeros y estarán sujetas a las franquicias y límites establecidos por el régimen aduanero de equipaje vigente. Esto significa que continuarán aplicándose controles sobre cantidades, valores máximos permitidos y condiciones de ingreso de productos.

Además, los locales solo podrán operar en pasos fronterizos habilitados o en zonas especialmente autorizadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que tendrá a su cargo la fiscalización del sistema.

Para comenzar a funcionar, cada establecimiento deberá contar con autorización comercial otorgada por el Ministerio de Economía y con la correspondiente habilitación aduanera.

Qué productos no podrán venderse

La reglamentación establece un listado de bienes excluidos de la comercialización en estos espacios.

Entre los productos prohibidos se encuentran:

  • Vehículos, repuestos y partes de transporte.
  • Combustibles y aceites.
  • Animales vivos y plantas.
  • Armas y municiones.
  • Maquinaria agrícola, industrial y comercial.
  • Productos de la canasta básica de consumo habitual en las zonas fronterizas.
  • Materiales para la construcción.
  • Materiales eléctricos, sanitarios e hidráulicos.
  • Neumáticos.
  • Tejidos e hilados.
  • Calzado, salvo zapatillas deportivas y ojotas.
  • Cigarrillos y productos derivados del tabaco.
  • Electrodomésticos de gran tamaño.

La norma también faculta al Ministerio de Economía a incorporar nuevas restricciones en caso de considerarlo necesario por razones fiscales o comerciales.

El objetivo de la medida

Desde el Ejecutivo sostienen que la creación de free shops terrestres permitirá equiparar las condiciones comerciales con las que ya existen en otros países del Mercosur, además de incentivar el turismo de compras y generar nuevas oportunidades de empleo en las regiones fronterizas.

La implementación práctica del sistema quedará ahora en manos de ARCA, que deberá dictar las disposiciones operativas para regular el funcionamiento de los establecimientos y controlar el cumplimiento de las normas aduaneras.