Reforma de la Ley de Glaciares: cómo es el proyecto que envió el Gobierno y qué cambia en su aplicación

El Gobierno nacional ya envió al Congreso un proyecto de reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) con el objetivo de ordenar su aplicación, introducir criterios más técnicos y reforzar el federalismo ambiental, sin eliminar ni flexibilizar las prohibiciones centrales que protegen a los glaciares y al ambiente periglacial.

La iniciativa, impulsada por la Casa Rosada, no deroga la norma vigente ni habilita actividades hoy prohibidas, como la minería o la explotación hidrocarburífera en zonas protegidas. En cambio, propone redefinir algunos conceptos clave, fortalecer el rol de las provincias y dotar al sistema de mayor previsibilidad jurídica.

Uno de los ejes centrales del proyecto es la reafirmación del dominio originario de los recursos naturales por parte de las provincias, en línea con los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional. El texto aclara que la protección de los glaciares debe interpretarse de manera compatible con el uso racional de los recursos, atendiendo a las necesidades presentes sin comprometer a las generaciones futuras.

En ese marco, la reforma refuerza el papel del Inventario Nacional de Glaciares, que seguirá a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). El nuevo enfoque establece que solo quedarán alcanzados por las protecciones específicas aquellos glaciares y geoformas periglaciales que cumplan efectivamente funciones de reserva estratégica de recursos hídricos o de recarga de cuencas hidrográficas.

El proyecto también incorpora de manera explícita el principio precautorio: todos los glaciares incluidos en el Inventario serán considerados protegidos, pero habilita a las autoridades competentes a revisar los casos en los que se determine, con fundamentos técnicos, que no cumplen funciones hídricas estratégicas. En esos supuestos, dejarían de estar alcanzados por las restricciones específicas de la ley, aunque seguirían protegidos por la normativa ambiental general.

Otro punto relevante es el nuevo esquema de actualización del Inventario. Si una provincia detecta un glaciar o ambiente periglacial que no figure en el registro nacional, deberá informarlo al IANIGLA para su incorporación. A la inversa, si constata que una geoforma registrada no cumple con las funciones definidas por la ley, también deberá comunicarlo. Además, la falta de actualización del Inventario no invalidará autorizaciones ambientales provinciales ya otorgadas, lo que busca brindar mayor seguridad jurídica a proyectos evaluados bajo este marco.

En cuanto a las actividades prohibidas, el proyecto mantiene intactas las restricciones vigentes: continúa vedada la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de infraestructura —salvo excepciones científicas o de prevención de riesgos— y cualquier acción que implique contaminación, destrucción o traslado de glaciares. La novedad es que serán las autoridades competentes las que determinen, mediante evaluaciones de impacto ambiental, qué actividades proyectadas implican una alteración relevante.

La reforma también amplía el alcance de la evaluación de impacto ambiental, que será obligatoria para todas las actividades en glaciares y ambientes periglaciales, sin excepciones, antes de su autorización. Solo quedarán exceptuadas las tareas de rescate por emergencias, las investigaciones científicas de bajo impacto y las actividades deportivas no motorizadas que no alteren el entorno.

Por último, el proyecto reafirma que cada jurisdicción provincial será la autoridad competente en su territorio, mientras que en áreas protegidas nacionales seguirá interviniendo la Administración de Parques Nacionales. Las provincias deberán identificar qué glaciares cumplen funciones hídricas estratégicas y compartir esa información con el IANIGLA para la actualización permanente del Inventario.

Con este esquema, el Gobierno busca avanzar hacia una aplicación más técnica, federal y previsible de la Ley de Glaciares, manteniendo el núcleo de protección ambiental pero redefiniendo criterios que, según el oficialismo, hoy generan conflictos de competencias e incertidumbre regulatoria.