El Gobierno se prepara para enviar al Congreso un proyecto de reforma laboral de gran alcance, cuya presentación se dará en el marco de las sesiones extraordinarias convocadas a partir del 10 de diciembre. Aunque el texto final aún no fue difundido públicamente, distintos puntos del borrador permiten anticipar una transformación estructural de la Ley de Contrato de Trabajo y de varias normas históricas del sistema laboral argentino.
La iniciativa, que constaría de 182 artículos, fue elaborada sin participación de las centrales sindicales y apunta —según la postura oficial— a reducir la litigiosidad, promover el empleo formal y adecuar las relaciones laborales a las nuevas formas de producción. En los hechos, proyecta modificaciones profundas en áreas sensibles como indemnizaciones, multas, registración, negociación colectiva y régimen de plataformas digitales.
Entre los cambios más relevantes figura la creación de un Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que permitirá a empleadores regularizar personal no registrado o mal registrado a cambio de condonación de deudas e intereses. También se elimina el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, siempre que las empresas blanqueen a toda su plantilla.
El esquema de multas por empleo no registrado sería suprimido, aunque se mantiene la presunción favorable al trabajador en caso de conflicto judicial. La registración pasará a centralizarse en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Uno de los ejes más sensibles es el régimen indemnizatorio: se redefine la base de cálculo, se establecen topes equivalentes a tres veces el salario promedio del convenio y un piso del 67% del salario normal y habitual. Además, se habilita a los convenios colectivos a reemplazar la indemnización por despido por un fondo de cese laboral sostenido por los empleadores.
El proyecto también introduce cambios en el artículo 212, relativo a enfermedades y accidentes laborales, y redefine las condiciones de reincorporación del trabajador, con distintos criterios indemnizatorios según la incapacidad.
En materia de plataformas digitales, se crea un régimen especial que clasifica a repartidores y conductores como trabajadores independientes con obligaciones fiscales específicas, pero también con derechos mínimos, como rechazar pedidos sin justificación y exigir explicaciones ante bloqueos de cuentas.
La reforma propone, además, ajustes en los procedimientos de crisis y en la negociación colectiva. Plantea sanciones para las partes que obstaculicen el proceso y exige mayor transparencia en la información que las empresas deben proporcionar a los sindicatos.
Otro punto técnico relevante es la actualización de créditos laborales mediante una fórmula basada en IPC más un 3% anual. Asimismo, se fijan límites para las causas en trámite a fin de evitar indemnizaciones superiores a las previstas en el nuevo esquema.
El borrador contempla incentivos para la contratación de personal mediante reducciones temporales en las contribuciones patronales. También excluye del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo a empleados de la Administración Pública, contratistas regulados por el Código Civil y Comercial, trabajadores independientes y repartidores de plataformas digitales.
En paralelo, el proyecto incorpora un Régimen de Incentivo para MiPyMEs orientado a la inversión productiva y un paquete de modificaciones tributarias. Entre ellas: actualización de quebrantos por IPC para ejercicios iniciados en 2025, eliminación de impuestos internos sobre seguros, telefonía celular y satelital, objetos suntuarios, vehículos, embarcaciones y aeronaves, y nuevas exenciones en Ganancias para alquileres de vivienda y futuras ventas de inmuebles.
El Gobierno buscará avanzar con esta iniciativa como una de sus prioridades para el inicio del próximo año legislativo, en un contexto donde necesitará construir acuerdos parlamentarios para garantizar su aprobación.
